Toledo

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Los castellanos se escudaban en que su historia ofrecia numerosos ejemplos de haber heredado el trono las hembras, entre las que citaban á Odisinda, Ormesinda, doña Sancha, doña Urraca y doña Berenguela. Hicieron los letrados estudios sobre el caso, alegóse, y dijose de una y otra parte, hasta que por último, despues de tantos pareceres y arreglos desistieron ambos reinos de sus pretensiones concertándose entre los esposos las capitulaciones siguientes:

En los privilegios, escrituras, leyes y monedas, se pondria el nombre de D. Fernando el primero, y despues el de doña Isabel; al contrario en el escudo y en las armas, pues las de Castilla deberian colocarse á mano derecha y en mas principal lugar que las de Aragon. En esto último se tenia consideracion á la preeminencia del reino y en lo primero á la del marido.

Los castillos se tendrian á nombre de doña Isabel, y los contadores y tesoreros harian al mismo nombre juramento de administrar bien las rentas reales.

Las provisiones de los obispados y beneficios se estenderian á nombre de ambos; pero se darian á voluntad de la Reina, proveyéndose siempre en personas de aventajadas cualidades y doctrina.


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