Martín Rivas

Martín Rivas

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Así transcurrieron los días hasta el 10 de septiembre. Doña Bernarda, en ese día, manifestó a su hijo que el Dieciocho estaba muy próximo y que nada habían comprado aún para solemnizar tan gran festividad.

En todas las clases sociales de Chile es una ley que nadie quiere infringir la de comprar nuevos trajes para los días de la patria.

Doña Bernarda observaba esa ley con todo el rigor de su voluntad, y pensaba que en aquella ocasión podrían, ella y sus hijas, acudir a las tiendas mejor que nunca, con el auxilio del dinero que Agustín debía entregar a Amador.

Esta consideración dio lugar a un acuerdo entre la madre y el hijo para exigir el pago de la cantidad estipulada sin otorgar un solo día más de plazo que los ya concedidos.

En la noche del día en que se verificó tan terminante acuerdo, Agustín vino como de costumbre con Rivas a casa de doña Bernarda.

Amador notificó a su cuñado supuesto la orden conminatoria, y anunció que se presentaría sin falta al día siguiente para percibir la suma. Los ruegos de Agustín se estrellaron contra la voluntad de Amador, que fulminó la terrible amenaza de divulgar la noticia del matrimonio.


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