Historia general de los robos y asesinatos de los mas famosos piratas

Historia general de los robos y asesinatos de los mas famosos piratas

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Por cuanto hemos sido informados de que varias personas, súbditos de Gran Bretaña, vienen cometiendo desde el día 24 de junio, del año de Nuestro Señor; de 1715, diversas piraterías y robos en alta mar; en las Indias Occidentales, o en la proximidad de nuestras plantaciones, lo que supone y puede causar gran daño a los mercantes de Gran Bretaña, y al comercio con esas regiones; y aunque hemos designado una fuerza que juzgamos necesaria para suprimir dichas piraterías, sin embargo, con objeto de poner más eficazmente fin a las mismas, juzgamos oportuno, por indicación y consejo de nuestro Consejo Privado, emitir este real edicto por el que prometemos y declaramos, que en caso de que cualquiera de los dichos piratas se entregare o entregaren el día 5 de septiembre, del año de Nuestro Señor de 1718, o antes, a uno de nuestros principales secretarios de Estado de Gran Bretaña o Irlanda, o a cualquier gobernador o subgobernador, de cualquiera de nuestras plantaciones del otro lado del mar; todo el así entregado, o entregados, obtendrá nuestro gracioso perdón de y por la piratería o piraterías, por él o ellos cometidas, antes del cinco del próximo mes de enero. Y por tanto estrictamente ordenamos a todos nuestros almirantes, capitanes y demás oficiales de la mar, y a todos los gobernadores y comandantes de cualesquiera fuertes, castillos o plazas de nuestras plantaciones, y al resto de nuestros oficiales civiles y militares, que detengan y apresen a aquellos piratas que se nieguen o renuncien a entregarse conforme a lo dicho. Y por tanto declaramos también, que en caso de que alguna persona o personas, el día 6, o antes, de septiembre de 1718, descubra o detenga, o facilite o procure que sea descubierto o detenido alguno más de los dichos piratas que se haya negado o renunciado a entregarse como se ha dicho, de manera que pueda ser llevado ante la justicia, y culpado del dicho delito, la persona o personas que hayan hecho tal descubrimiento o detención, o facilitado o procurado tal descubrimiento o detención, tendrá y recibirá como recompensa de lo mismo: por cada comandante de barco o nave, la cantidad de 100 libras; por cada primer oficial, maestro, contramaestre, carpintero y artillero, la cantidad de 40 libras; por cada oficial inferior, la cantidad de 30 libras; y por cada marinero, la cantidad de 20 libras. Y si alguna persona, o personas, que pertenezca y forme parte de la tripulación de cualquier barco o nave pirata, apresa y entrega, del seis en adelante de septiembre de 1718, o facilita la detención o entrega, de algún comandante o comandantes, de tal barco o nave pirata, de manera que pueda ser llevado ante la justicia, y condenado por el dicho delito, tal persona o personas, en recompensa de lo mismo, recibirá por cada comandante, la cantidad de 200 libras; cantidades que requerimos y pedimos al lord Tesorero, o a los comisarios en funciones de nuestro tesoro, satisfagan puntualmente.


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