Historia general de los robos y asesinatos de los mas famosos piratas
Historia general de los robos y asesinatos de los mas famosos piratas Por cuanto hemos sido informados de que varias personas, súbditos de Gran Bretaña, vienen cometiendo desde el día 24 de junio, del año de Nuestro Señor; de 1715, diversas piraterías y robos en alta mar; en las Indias Occidentales, o en la proximidad de nuestras plantaciones, lo que supone y puede causar gran daño a los mercantes de Gran Bretaña, y al comercio con esas regiones; y aunque hemos designado una fuerza que juzgamos necesaria para suprimir dichas piraterías, sin embargo, con objeto de poner más eficazmente fin a las mismas, juzgamos oportuno, por indicación y consejo de nuestro Consejo Privado, emitir este real edicto por el que prometemos y declaramos, que en caso de que cualquiera de los dichos piratas se entregare o entregaren el día 5 de septiembre, del año de Nuestro Señor de 1718, o antes, a uno de nuestros principales secretarios de Estado de Gran Bretaña o Irlanda, o a cualquier gobernador o subgobernador, de cualquiera de nuestras plantaciones del otro lado del mar; todo el así entregado, o entregados, obtendrá nuestro gracioso perdón de y por la piratería o piraterías, por él o ellos cometidas, antes del cinco del próximo mes de enero. Y por tanto estrictamente ordenamos a todos nuestros almirantes, capitanes y demás oficiales de la mar, y a todos los gobernadores y comandantes de cualesquiera fuertes, castillos o plazas de nuestras plantaciones, y al resto de nuestros oficiales civiles y militares, que detengan y apresen a aquellos piratas que se nieguen o renuncien a entregarse conforme a lo dicho. Y por tanto declaramos también, que en caso de que alguna persona o personas, el día 6, o antes, de septiembre de 1718, descubra o detenga, o facilite o procure que sea descubierto o detenido alguno más de los dichos piratas que se haya negado o renunciado a entregarse como se ha dicho, de manera que pueda ser llevado ante la justicia, y culpado del dicho delito, la persona o personas que hayan hecho tal descubrimiento o detención, o facilitado o procurado tal descubrimiento o detención, tendrá y recibirá como recompensa de lo mismo: por cada comandante de barco o nave, la cantidad de 100 libras; por cada primer oficial, maestro, contramaestre, carpintero y artillero, la cantidad de 40 libras; por cada oficial inferior, la cantidad de 30 libras; y por cada marinero, la cantidad de 20 libras. Y si alguna persona, o personas, que pertenezca y forme parte de la tripulación de cualquier barco o nave pirata, apresa y entrega, del seis en adelante de septiembre de 1718, o facilita la detención o entrega, de algún comandante o comandantes, de tal barco o nave pirata, de manera que pueda ser llevado ante la justicia, y condenado por el dicho delito, tal persona o personas, en recompensa de lo mismo, recibirá por cada comandante, la cantidad de 200 libras; cantidades que requerimos y pedimos al lord Tesorero, o a los comisarios en funciones de nuestro tesoro, satisfagan puntualmente.