Roberto el pirata o el nieto del diablo

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CAPITULO LIII

LA INQUISICIÓN PROPONE Y EL PUEBLO DISPONE

—Ya ven vuesas señorías que el decreto del supremo Consejo de la Inquisición es terminante y ejecutivo; no admite dilación.

Esto decía el inquisidor de Aragón, Molina do Medrano, á sus colegas el licenciado Hartado de Mendoza y el doctor Morejón, con quienes se hallaba en consejo en el palacio castillo de la Aljafería, de Zaragoza, el día 23 de Mayo de 1591.

—Razón tiene vueseñoría, aparte de que á nos otros sólo nos toca obedecer y cumplir, como custodios de la fe, las órdenes del señor inquisidor general-añadía Hurtado de Mendoza.

—Además-seguía el primero,-el rey está directamente interesado en el asunto y hay que servir á su católica majestad como buenos vasallos.

—Verdaderamente: nuestro cargo nos impone tan tristes deberes — interrumpía el doctor Morejón, con gravedad no exenta de disgusto; — pero después de todo, yo soy aragonés antes que inquisidor; y como no se me oculta que en este asunto el pueblo y aun lo principal de la nobleza han hecho cau3a común con Antonio Pérez, temo que el tal decreto inquiete los ánimos y no nos sea su cumplimiento tan fácil como parece.


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