El Proceso

El Proceso

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La prórroga dijo el pintor, y miró un momento ante sí como si tascara las palabras adecuadas, la prórroga consiste en que el proceso se mantiene de un modo duradero en una fase preliminar. Para lograrlo es necesario que el acusado y el ayudante, sobre todo el ayudante, permanezca continuamente en contacto personal con el tribunal. Repito, aquí no es necesario gastar tantas energías como para lograr una absolución aparente y, sin embargo, sí es necesario prestar una mayor atención. No se puede perder de vista el proceso, hay que ir a ver al juez competente en periodos de tiempo regulares y, además, en ocasiones especiales, y hay que intentar mantenerlo contento. Si no se conoce personalmente al juez, se puede intentar influir en él a través de otros jueces, sin por ello renunciar a las entrevistas personales. Si no se descuida nada a este respecto, se puede decir con bastante certeza que el proceso no pasará de su primera fase. El proceso, sin embargo, no se detiene, pero el acusado queda casi tan a salvo de una condena como si estuviera libre. Frente a la absolución aparente, la prórroga indefinida tiene la ventaja de que el futuro del acusado es menos incierto, evita los sustos de las detenciones repentinas y no tiene que temer, precisamente en aquellos periodos en que sus circunstancias son inapropiadas, los esfuerzos y las irritaciones que cuestan el logro de la absolución aparente. No obstante, la prórroga también posee ciertas desventajas para el acusado que no se deben subestimar. Y no pienso en que aquí el acusado nunca es libre, pues tampoco lo es, en un sentido estricto, en la absolución aparente. Se trata de otra desventaja. El proceso no se puede detener sin que, al menos, haya motivos aparentes para ello. Por lo tanto, y de cara al exterior, tiene que suceder algo en el proceso. Así pues, de vez en cuando se tomarán algunas disposiciones, se interrogará al acusado, se realizarán algunas investigaciones, etc. El proceso debe girar dentro de los estrechos límites a los que se le ha reducido artificialmente. Eso produce algunas molestias al acusado, que, sin embargo tampoco debe imaginarse que son tan malas. Todo es de cara al exterior; los interrogatorios, por ejemplo, son muy cortos, cuando se tiene poco tiempo o, simplemente, no se tienen ganas de comparecer, sé puede faltar presentando una disculpa, incluso con algunos jueces se pueden fijar de antemano las fechas de determinadas formalidades, se trata, en definitiva, ya que uno es un acusado, de presentarse ante el juez competente de vez en cuando.


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