Crítica de la razón pura
Crítica de la razón pura Pero pronto se ve que la cadena o serie de los prosilogismos, es decir, de los conocimientos inferidos por el lado de los fundamentos o condiciones para un conocimiento dado o, dicho con otras palabras: pronto se ve que la serie ascendente de los raciocinios debe comportarse de diferente modo para con la facultad de la razón, que la serie descendente, o sea el progreso de la razón por el lado de lo condicionado, mediante episyllogismos. Pues como en el primer caso el conocimiento (conclusio) es dado como condicionado, no podemos llegar a él, mediante la razón, a no ser que supongamos que están dados todos los miembros de la serie por el lado de las condiciones (totalidad en la serie de las premisas), pues sólo bajo esa suposición es posible el juicio a priori en cambio, por el lado de lo condicionado o de las consecuencias, es pensada sólo una serie que está siendo y que no es totalmente presupuesta o dada; por tanto, es pensado sólo un progresó potencial. Por eso, cuando un conocimiento es considerado como condicionado, está obligada la razón a considerar la serie de las condiciones, en línea ascendente, como completa y dada en su totalidad. Pero si ese mismo conocimiento es a la vez considerado como condición de otros conocimientos, que constituyen entre sí una serie de consecuencias, en línea descendente, puede a la razón serle indiferente cuan lejos este proceso se extienda a parte posteriori y si es posible la totalidad de esta serie, porque para la conclusión, que tiene ante sí, no necesita semejante serie, ya que esa conclusión está asegurada y suficientemente determinada por sus fundamentos a parte priori. Puede ser que por el lado de las condiciones la serie de las premisas tenga un elemento primero, como condición suprema, o no lo tenga y carezca pues de límites a parte priori; sin embargo debe contener totalidad de la condición, aun supuesto que nunca podamos conseguir aprehenderla; y toda la serie debe ser, sin condición, verdadera, si ha de valer como verdadero lo condicionado que se considera como consecuencia producida en esa serie. Ésta es una exigencia de la razón, que determina su conocimiento como a priori y lo enuncia como necesario, ora en sí mismo, y entonces no necesita fundamentos, ora deducido, como miembro de una serie de fundamentos, serie que a su vez es verdadera incondicionalmente.