La Esclavitud femenina
La Esclavitud femenina Después de lo dicho acerca de la obligación de obedecer, es superfluo añadir nada respecto al punto secundario de esta gran cuestión: el derecho de la mujer a disponer de sus bienes. No tengo esperanzas de que este escrito cause impresión alguna sobre las personas a quienes sería preciso demostrar que los bienes que la mujer hereda o que son fruto de su trabajo, deben pertenecerle después del matrimonio, como le hubiesen pertenecido antes. La regla es muy sencilla: todo lo que pertenecería al marido o a la mujer, si no se hubiesen casado, quedará bajo su exclusiva dirección durante el matrimonio, lo cual no les impide unirse por medio de un pacto, a fin de conservar sus bienes para sus hijos. Hay personas cuyos sentimientos se sublevan ante el pensamiento de la separación de bienes, como negación de la idea del matrimonio, o sea la fusión de dos vidas en una. Por mi parte, abogo tan enérgicamente como cualquiera por la comunidad de bienes, cuando es fruto de entera unidad de sentimientos de los copropietarios, que hace que entre ellos todo sea común. Pero no gusto de la doctrina expresada en la redondilla siguiente:
«No tendremos desafío
Por eso, niña de Dios.
Bien está: lo mío, mío,
Y lo tuyo… de los dos».
Ni en provecho propio aceptaría trato semejante.