Contrato social
Contrato social En efecto; cada individuo puede como hombre tener una voluntad particular contraria o disconforme con la voluntad general que tiene como ciudadano; su interés particular puede hablarle de un modo completamente distinto de como lo hace el interés común; su existencia, absoluta y naturalmente independiente, le puede llevar a considerar lo que debe a la causa común, como una contribución gratuita, cuya pérdida será menos perjudicial a los demás que oneroso es para él el pago, y considerando la persona moral que constituye el Estado como un ser de razón, ya que no es un hombre, gozarÃa de los derechos del ciudadano sin querer llenar los deberes del súbdito, injusticia cuyo progreso causarÃa la ruina del cuerpo polÃtico.
Por tanto, a fin de que este pacto social no sea una vana fórmula, encierra tácitamente este compromiso: que sólo Por sà puede dar fuerza a los demás, y que quienquiera se niegue a obedecer la voluntad general será obligado a ello Por todo el cuerpo. Esto no significa otra cosa sino que se le obligará a ser libre, pues es tal la condición, que dándose cada ciudadano a la patria le asegura de toda dependencia personal; condición que constituye el artificio y el juego de la máquina polÃtica y que es la única que hace legÃtimos los compromisos civiles, los cuales sin esto serÃan absurdos, tiránicos y estarÃan sujetos a los más enormes abusos.