La riqueza de las naciones
La riqueza de las naciones Un impuesto sobre la renta de las casas, a pagar por el arrendatario y proporcional a la renta total de cada casa, no podría afectar a la renta del edificio, al menos durante mucho tiempo. Si el constructor no obtuviese su beneficio razonable, dejaría el negocio; esto aumentaría la demanda de edificios, lo que al poco tiempo restauraría su beneficio al equilibrio con el de las demás actividades. Tampoco podría un impuesto de esta clase incidir totalmente sobre la renta del solar, sino que se dividiría y recaería en parte sobre el ocupante de la casa y en parte sobre el propietario del suelo. …La división sería probablemente muy diversa según las circunstancias y un impuesto de este tipo afectará por ello de forma muy desigual al ocupante de la casa y al dueño del solar.