Tratado teológico-político

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Capítulo XIX

Se demuestra que el derecho sobre las cosas sagradas reside íntegramente en las supremas potestades y que el culto religioso externo debe adaptarse a la paz del Estado, si queremos obedecer rectamente a Dios

[I]

Cuando[228] he dicho más arriba que quienes detentan el poder estatal son los únicos que tienen derecho a todo y que sólo de su20 decisión depende todo derecho, no quería entender por tal únicamente el derecho civil, sino también el sagrado; pues también de éste deben ser los intérpretes y defensores[416]. Aquí quiero advertirlo explícitamente y consagrarle ex profeso este capítulo. Son muchísimos, en efecto, los que se empecinan en negar que este derecho sobre las cosas sagradas incumbe a las potestades supremas, y que se niegan a reconocer que éstas son los intérpretes del derecho divino. De ahí que hasta se permitan acusarlas y llevarlas a los tribunales, e incluso excomulgarlas de la Iglesia (como hiciera otrora Ambrosio con el césar Teodosio)[417].


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