Codigos de Mesopotamia
Codigos de Mesopotamia Si una viuda entra en la casa de un hombre [segundas nupcias] y lleva en su seno a un hijo póstumo [del marido anterior] y él se cría en la casa de quien se ha casado con ella, pero no se redacta una tablilla relativa a su adopción, no tendrá parte en la herencia de la casa de quien lo crió, pero tampoco será responsable de sus deudas; en casa de quien lo engendró, recibirá una parte de herencia, según le toque.
A29
Si una mujer entra en casa de su marido, su dote y todo cuanto se hubiera traído de casa de su padre, y lo que su suegro, al entrar, le hubiera entregado, queda libre para sus hijos; los hijos de su suegro no lo tocarán. Pero si su marido quiere quitárselo [implícito: por una falta que legitima la sanción], él podrá entregárselo a los hijos suyos que más quiera.
A30