Codigos de Mesopotamia
Codigos de Mesopotamia Si uno adoptó un niño, y cuando lo tomó hizo violencia sobre el padre y la madre, el niño volverá a la casa de sus padres.
Ley 187
El hijo de un favorito (cortesano), de un oficial del palacio o de una mujer pública, no puede ser reclamado.
Ley 188
Si un artesano adoptó un niño y le enseñó su arte, no puede ser reclamado.
Ley 189
Si no le enseñó su arte (oficio), volverá a casa de su padre.
Ley 190
Si uno no contó entre sus hijos un niño que adoptó, éste volverá a la casa de su padre.
Ley 191