Codigos de Mesopotamia

Codigos de Mesopotamia

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Si el pastor ha sido negligente y si ha ocasionado una enfermedad en el establo, el pastor que ha ocasionado el daño de la enfermedad, reparará el establo, completará el ganado mayor y menor y lo dará al propietario.

 

Ley 268

Si uno tomó un buey para la trilla, tiene obligación de pagar 20 QA de trigo.

 

Ley 269

Si uno tomó un asno para la trilla, su precio es la mitad, 10 QA de trigo.

 

Ley 270

Si uno tomó un animal chico para la trilla, su precio es 1 QA de trigo.

 

Ley 271

Si uno tomó en arrendamiento los bueyes, el carro y el conductor, dará por día 180 QA de trigo.

 

Ley 272

Si uno tomó en arrendamiento un carro solamente, pagará por día 40 QA de trigo.

 

Ley 273


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