Codigos de Mesopotamia

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6.

Si una cabeza [persona], hombre o mujer, es encontrada muerta en otra ciudad, aquel en cuya propiedad muera ése, debera separar 100 gipessar de su propia tierra y el descendiente del difunto debe tomarla.

 

6b.

Si un hombre es encontrado muerto en el campo o erial de otro hombre, si el difunto es hombre libre (el dueño del terreno) debe dar el campo y erial, su casa, 1 mina y 20 siclos de plata. Si el difunto es una mujer libre (el dueño) pagará 3 minas de plata. Pero, si el lugar no es un erial o campo de otro, deberán medir 3 míllas en una dirección y 3 millas en la contraria, y cualquier poblado que quede incluido dentro, (el heredero del difunto) tomará estas gentes y tierras. Si no hay ningún poblado dentro de esta area, pierde [no ha lugar a] su reclamación.

 

7.

Si alguno deja ciega a una persona libre o rompe sus dientes, antaño pabaga 1 mina de plata, pero ahora pagará 20 siclos de plata; y así restituirá.

 

7b.


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