Aviraneta o la vida de un conspirador

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Se halla en situación de excedente por Real orden del 12 de abril de 1852, y no habiendo sufrido el examen de aptitud, se previno por otra soberana disposición de 2 de febrero del mismo que se le observase.

Cuenta de servicios por fin de diciembre de 1852, incluso los abonos de campaña: veintinueve años y dos meses; su estado, casado.

NOTA.-En vista de lo expuesto, V. E. tendrá la bondad de señalar la clasificación que corresponde al intendente don Eugenio de Aviraneta, con sujeción a lo prevenido en el artículo 20 del Reglamento vigente.

28 de abril de 1853,-Excmo, Sr. D, Dámaso Aldanera, (Rubricado).

Las circunstancias extraordinarias que concurren en Aviraneta exigen una resolución también extraordinaria, pues ni por su edad y fatigas de sus notables vicisitudes puede colocársele en destino activo de su clase, ni parece justo que se le jubile cuando el nombramiento fue por recompensa nacional extraordinaria. Hágase relación de todo al Gobierno y propóngase, como caso único y excepcional, que permanezca en la situación en que se halla, ínterin Su Majestad no resuelva utilizar en otro cargo sus servicios y especial disposición.

Al excelentísimo señor ministro de la Guerra, en 1.° de mayo de 1853


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