El Proceso
El Proceso Sí dijo el pintor, pero sólo libre en apariencia o, mejor dicho, libre provisionalmente. La judicatura inferior, a la que pertenecen mis conocidos, no posee el derecho a otorgar una absolución definitiva, este derecho sólo lo posee el tribunal supremo, inalcanzable para usted, para mí y para todos nosotros. No sabemos lo que allí pasa y, dicho sea de paso, tampoco lo queremos saber. Nuestros jueces carecen del gran derecho a liberar de la acusación, pero entre sus competencias está la de poder desprenderle de ella. Eso quiere decir que si obtiene Viste tipo de absolución, queda liberado momentáneamente de la acusación, pero pende aún sobre usted y puede suceder, si llega la orden desde arriba, que entre en vigor de inmediato. Como tengo tan buenos contactos con el tribunal, puedo decirle también cómo se refleja exteriormente en los reglamentos de la Administración de Justicia la diferencia entre una absolución real y otra aparente. En caso de una absolución real, se deben reunir todas las actas procesales, desaparecen por completo del procedimiento, todo se destruye, no sólo la acusación, .sino también todos los escritos procesales, incluida la absolución. En la absolución aparente ocurre de un modo algo diferente. No se produce ninguna modificación más de las actas, a ellas se añaden la confirmación de inocencia, la absolución y el fundamento de la absolución. Por lo demás, las actas continúan en el proceso, se trasladan, como exige el continuo trámite administrativo, a los tribunales supremos, vuelve a los inferiores, y oscila entre unos y otros con mayor o menor fluidez Esos caminos son impredecibles. Considerado desde el exterior, se podría llegar a la conclusión de que todo se ha olvidado hace tiempo, que las actas se han perdido y que la absolución es completa. Un especialista no lo creerá jamás. No se pierden las actas, el tribunal no olvida. Un día nadie lo espera, un juez cualquiera toma el acta, le presta poco de atención, comprueba que la acusación aún está en vigor y ordena la detención inmediata. He dado a entender que entre la absolución aparente y la nueva detención transcurre un largo periodo d tiempo, es posible y conozco algunos casos, pero también es posible? que el absuelto llegue a su casa de los tribunales y ya allí le esperen unos emisarios para detenerle de nuevo. Entonces, por supuesto, se ha terminado la vida en libertad.