Correspondencia

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El teólogo bíblico no puede contraponer a la razón más que, de nuevo razón, o, si no, autoridad [Gewalt], y si no quiere hacerse acreedor al reproche por lo segundo (lo cual es de temer sobremanera en la actual crisis de universal limitación de la libertad en su uso público), tiene que mostrar la invalidez de los fundamentos racionales que se le oponen, si los considera perjudiciales, por medio de otros fundamentos racionales, y no por medio de anatemas que deja caer sobre la razón desde la cerrazón de la atmósfera de la corte. Ésta ha sido mi opinión en el prólogo (pág. XIX), ya que propongo para la plena instrucción de un teólogo bíblico medir sus fuerzas con lo que la filosofía parece que le contrapone, en un sistema de todas sus afirmaciones similar aproximadamente al que constituye este libro y [hacerlo] con fundamentos racionales, para estar armado contra todas las futuras objeciones. La introducción, enérgica en cierto sentido, tal vez le extrañe. El motivo para ello ha sido el siguiente: Toda la obra iba a aparecer en 4 entregas en el BMS, y por supuesto con la censura de la Comisión de allá. La primera parte (bajo el título «Acerca del mal radical en la naturaleza humana») pasó la censura, pues el censor de Filosofía, el consejero privado Sr. Hillmer, la asumió como cosa de su Departamento. Pero la segunda parte no tuvo tanta suerte, porque al Sr. Hillmer le pareció que afectaba al terreno de la Teología bíblica (no sé por qué razón no se lo pareció, respecto de la primera) y decidió consultar con el censor bíblico, el consejero presidente del Consistorio Sr. Hermes, el cual entonces, naturalmente (pues ¿hay autoridad de la que no intente apoderarse un eclesiástico auténtico?) la incautó bajo su jurisdicción y le negó su legi [visto bueno]. El prólogo intenta mostrar que si una Comisión de censura ignora el campo sobre el que ha de recaer la censura de un escrito, el autor no tiene que hacérselo saber para ver cómo se ponen de acuerdo entre ellos, sino que puede apelar al juicio de una Universidad del país; porque allí cada Facultad está obligada a atenerse a su ámbito, y cada una a contener las ambiciones de las otras; y un Senado académico puede decidir válidamente en este conflicto de derechos. Y para cumplir toda legalidad he sometido este escrito primero a la Facultad teológica, para que juzgue si lo reclama como concerniente a la Teología bíblica; o más bien declina su censura como de incumbencia de la Facultad filosófica, habiendo recibido su renuncia, remitiendo el dicho escrito a la Facultad filosófica.


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