Crítica de la Razón Práctica
Crítica de la Razón Práctica Surge así una armonía similar a esa que relata cierto poema satírico sobre el cordial entendimiento de dos cónyuges empeñados en arruinarse la vida mutuamente. «¡Oh maravillosa armonía, lo que quiere él, también lo quiere ella…!»; o similar a lo que se cuenta respecto del compromiso contraído por el rey Francisco I con el emperador Carlos V: «Lo que mi hermano Carlos quiere poseer (Milán), también lo quiero yo». Los fundamentos empíricos de la determinación no le sirven a una legislación universal externa, mas tampoco valen de nada para la interna; pues cada cual pone I su sujeto[A 51] como base de la inclinación, pero cualquier otro pone a un sujeto distinto e incluso en cada sujeto mismo tan pronto es una u otra la inclinación que goza de un influjo preponderante. Descubrir una ley que las rija en su conjunto bajo la condición de hacer coincidir a todas las partes es algo absolutamente imposible.
Una vez supuesto que la mera forma legisladora de las máximas baste por sí sola como fundamento para determinar una voluntad, indáguese ahora cuál es la índole de aquella voluntad que sea determinable únicamente gracias a ello.