Crítica de la Razón Práctica
Crítica de la Razón Práctica Mas aquí se abre de nuevo una perspectiva favorable para la capacidad judicativa pura práctica. Al subsumir una acción posible para mí en el mundo sensible bajo una pura ley práctica, esto no tiene que ver con la posibilidad de la acción considerada como un acontecimiento en el mundo sensible, pues dicha posibilidad obedece al dictamen del uso teórico de la razón según la ley de la causalidad, siendo propia de un concepto del entendimiento puro para el que la razón cuenta con un esquema en la intuición sensible. La causalidad física, o aquella condición bajo la cual tiene lugar ésta, forma parte de esos conceptos de la naturaleza cuyo esquema es bosquejado por la imaginación transcendental. Pero aquí no se trata del esquema de un caso conforme a leyes, sino del «esquema» (si esta palabra es pertinente aquí) de la propia ley; porque la determinación de la voluntad \ (no de la<Ak. V, 69> acción con respecto a su éxito), al margen de cualquier otro fundamento determinante, vincula tan sólo mediante la ley al concepto de causalidad con unas condiciones completamente distintas de las que constituyen la conexión natural.