Critica del juicio
Critica del juicio Ahora bien, si esa validez universal no debe fundarse en una colección de votos o en preguntas hechas a los demás sobre su modo de sentir, sino que debe descansar, por decirlo así, en una autonomía del sujeto, que juzga sobre el sentimiento del placer (en la representación dada), es decir, en su propio gusto, y si, sin embargo, no debe tampoco ser deducida de conceptos, resulta que un juicio semejante, como lo es, en realidad, el juicio de gusto, tiene una característica doble y, desde luego, lógica, a saber: primero, la validez universal a priori, no una universalidad lógica según conceptos, sino la universalidad de un juicio particular; segundo, una necesidad (que siempre debe descansar en bases a priori) que, sin embargo, no depende de ninguna base de demostración a priori, mediante cuya representación la aprobación que el juicio de gusto exige de cada cual pudiera ser forzada.
La explicación de esas características lógicas, por las que un juicio de gusto se distingue de todos los juicios de conocimiento, si aquí, al principio, hacemos abstracción de todo el contenido de aquél, a saber, el sentimiento de placer, y sólo comparamos la forma estética con la forma de los juicios objetivos según la lógica los prescribe, bastará para la deducción de esa extraña facultad. Así, pues, vamos a hacer representables, ante todo, esas propiedades características del gusto, aclaradas por medio de ejemplos.