Critica del juicio

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LIBRO SEGUNDO ANALÍTICA DE LO SUBLIME

§ 23

Tránsito de la facultad de juzgar lo bello a la de lo sublime

Lo bello tiene de común con lo sublime que ambos placen por sí mismos. Además, ninguno de los dos presupone un juicio sensible determinante, ni un juicio lógico determinante, sino un juicio de reflexión; consiguientemente, la satisfacción no depende de una sensación, como la de lo agradable, ni de un concepto determinado, como la satisfacción en el bien, siendo, sin embargo, referida a conceptos, aunque sin determinar a cuáles; por tanto, la satisfacción se enlaza con la mera exposición o facultad de la misma, mediante lo cual la facultad de exposición o imaginación es considerada, en una intuición dada, en conformidad con la facultad de los conceptos del entendimiento o de la razón como impulsión de esta última. De aquí también que los juicios de esas dos clases sean particulares, y se presenten, sin embargo, como universalmente valederos en consideración del sujeto, aunque no tengan pretensión más que al sentimiento de placer y no a un conocimiento del objeto.


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