La Religion dentro de los limites de la mera Razon
La Religion dentro de los limites de la mera Razon Un estado civil de derecho (político) es la relación de los hombres entre sí en cuanto están comunitariamente bajo leyes de derecho públicas (que son en su totalidad leyes de coacción). Un estado civil ético es aquel en el que los hombres están unidos bajo leyes no coactivas, esto es: bajo meras leyes de virtud.
Ahora bien, así como al primer estado es contrapuesto el estado de naturaleza en cuanto al derecho (que no es siempre por ello un estado conforme a derecho), esto es: el estado de naturaleza jurídico, así del último se distingue el estado de naturaleza ético. En ambos cada hombre se da a sí mismo la ley, y no hay ninguna ley externa, a la cual se reconozca sometido junto con todos los otros. En ambos cada hombre es su propio juez, y no hay ninguna autoridad pública poseedora de poder, que según leyes determine con fuerza de derecho lo que en los casos que se presentan es deber de cada uno y lleve ese deber a general ejercicio.
