El Capital

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Puesto que el productor directo no es propietario, sino solamente poseedor, y en los hechos, todo su plustrabajo pertenece de jure al terrateniente, algunos historiadores han manifestado su extrañeza acerca de que bajo tales condiciones pudiera darse un desarrollo independiente de patrimonio y —relativamente hablando— de riqueza por parte de los individuos sujetos a prestaciones personales o siervos. No obstante, está claro que en las situaciones naturales y no desarrolladas en las que se basa esta relación de producción social y el modo de producción correspondiente a ella, la tradición debe desempeñar un papel dominante. Además está clara que aquí, como siempre, a la parte dominante de la sociedad le interesa santificar lo existente confiriéndole el carácter de ley y fijar como legales sus barreras, dadas por el uso y la tradición. Prescindiendo de todo lo demás, por otra parte esto se produce para sí solo apenas la reproducción constante de la base de las condiciones imperantes, de la relación en la que se basa, asume con el correr del tiempo una forma regulada y ordenada; y esta regla y esta orden son, de por sí, un factor imprescindible de cualquier modo de producción que pretenda asumir solidez social e independencia del mero azar o de la arbitrariedad. Esa regla y ese orden son precisamente, la forma en que se consolida socialmente ese modo da producción, y por ende de su emancipación relativa con respecto a la mera arbitrariedad o al mero azar. Alcanza esta forma, en el caso de situaciones de estancamiento tanto del proceso de producción como de las relaciones sociales correspondientes a él, por la mera reproducción reiterada de sí mismo. Si dicha reproducción ha durado un tiempo, se consolida como costumbre y tradición, y termina por ser consagrada en calidad de ley expresa. Pero puesto que la forma de ese plustrabajo —la prestación personal servil— se basa en la falta de desarrollo de todas las fuerzas productivas sociales del trabajo, en la tosquedad del propio modo de trabajo, debe restar, naturalmente, una parte alícuota mucho menor del trabajo global de los productores directos que en modos de producción desarrollados, y en especial [1010] que en la producción capitalista. Supongamos, por ejemplo, que la prestación personal servil para el señor haya sido originariamente de dos días por semana. De ese modo quedan fijados esos dos días de prestación personal, constituyen una magnitud constante, legalmente regulada por la ley escrita o consuetudinaria. Pero la productividad de los restantes días de la semana de los que dispone el propio productor directo es una magnitud variable, que debe desarrollarse en el curso de su experiencia, exactamente de la misma manera que las nuevas necesidades cuyo conocimiento adquiere, y exactamente del mismo modo que la expansión del mercado para su producto y la creciente seguridad con que dispone de esa parte de su fuerza de trabajo, lo acicatearán para que despliegue en mayor grado su fuerza de trabajo, no debiendo olvidarse que el empleo de esa fuerza no se limita en modo alguno a la agricultura, sino que incluye la industria domiciliaria rural. Aquí está dada la posibilidad de cierto desarrollo económico, naturalmente dependiente de las circunstancias favorables, del carácter racial innato, etc.


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