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Ahora bien; la misma definición de la atracción implica particularidad, existencia de partes, partículas o átomos, pues la definimos como la tendencia de «cada átomo hacia todo otro átomo», etc., de acuerdo con una ley cierta. Naturalmente, donde no hay parte, donde no hay absoluta unidad, donde la tendencia a la unidad se halla satisfecha, no puede haber atracción; esto ha sido cabalmente demostrado y toda filosofía lo admite. Cuando en cumplimiento de sus propósitos la materia haya retornado a su condición original de Unidad, condición que presupone la expulsión del éter separador, cuya competencia y capacidad se limitan a mantener los átomos separados hasta el gran día en que, siendo ya innecesario ese éter, la presión abrumadora de la atracción, por fin colectiva[20], predomine lo suficiente para expulsarlo; cuando la materia expulse por fin al éter y haya retornado a la absoluta unidad, entonces (para usar una paradoja por el momento) la materia carecerá de atracción y de repulsión, en otras palabras, será materia sin materia; en otras palabras, repito, ya no será materia. Al sumirse en la unidad se sumirá a un tiempo en esa nada que para toda percepción finita debe ser unidad, en esa nada material, la única desde la cual podemos concebir que ha sido evocada, creada por la volición de Dios.



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