Contrato social
Contrato social LA INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO NO ES UN CONTRATO
Una vez bien establecido el poder legislativo se trata de establecer del mismo modo el poder ejecutivo; porque éste, que sólo opera por actos particulares, no siendo de la misma esencia que el otro, se halla, naturalmente, separado de él. Si fuese posible que el soberano, considerado como tal, tuviese el poder ejecutivo, el derecho y el hecho estarían confundidos de tal modo que no se sabría decir lo que es ley y lo que no lo es, y el cuerpo político, así desnaturalizado, pronto sería presa de la violencia, contra la cual fue instituido.
Siendo todos los ciudadanos iguales por el contrato social, lo que todos deben hacer todos deben prescribirlo, así como nadie tiene derecho a exigir que haga otro lo que él mismo no hace. Ahora bien; es propiamente este derecho, indispensable para vivir y para mover el cuerpo político, el que el soberano da al príncipe al instituir el gobierno.
Muchos han pretendido que el acto de esta institución era un contrato entre el pueblo y los jefes que éste se da; contrato por el cual se estipulaba entre las dos partes condiciones bajo las cuales una se obligaba a mandar y la otra a obedecer. Estoy seguro de que se convendrá que ésta es una manera extraña de contratar. Pero veamos si es sostenible esta opinión.
