El Contrato Social
El Contrato Social Pero ¿qué es entonces una ley? Mientras nos contentemos con atribuir a esta palabra ideas metafísicas, continuaremos razonando sin entendernos, y aunque hayamos definido lo que es una ley de la naturaleza no por ello sabremos mejor qué es una ley del Estado.
Ya he dicho que no se puede hablar de voluntad general para referirnos a un objeto particular. En efecto, ese objeto particular está en el Estado o fuera del Estado. Si está fuera del Estado, una voluntad que le es extranjera no es general con respecto a él, y si ese objeto está en el Estado, forma parte de él: entonces se constituye entre el todo y la parte una relación que hace de ellos dos seres separados, de los cuales la parte es uno, y el todo es el otro menos esa misma parte. Pero el todo menos una parte no es el todo, y, mientras esta relación subsista, no hay un todo, sino dos partes desiguales; de donde se deduce que la voluntad de una de ellas no es tampoco general con relación a la otra.
Pero cuando todo el pueblo decreta sobre todo el pueblo, sólo se considera a sí mismo y si entonces se establece una relación es del objeto en su totalidad, considerado bajo un punto de vista, al objeto en su totalidad visto bajo otra perspectiva, sin ninguna división del todo. Por ello la materia objeto de decreto es general, lo mismo que la voluntad que decreta. A este acto es al que yo llamo una ley.