La riqueza de las naciones
La riqueza de las naciones Las reglamentaciones mediante las que cada nación procura asegurarse el comercio exclusivo con sus colonias son con frecuencia más dañinas para los países en cuyo favor se aplican que para aquellos que pretenden perjudicar. La injusta opresión del trabajo de otros países rebota, si se me permite la expresión, contra la cabeza de los opresores, y destroza su propia economía más que la de esos otros países. Debido a esas reglamentaciones, por ejemplo, el comerciante de Hamburgo debe remitir los tejidos de hilo que destina al mercado americano a Londres, y debe traer desde allí el tabaco que destina al mercado alemán, porque no puede ni llevar directamente a América los primeros ni traer directamente de allí el segundo. Esa restricción hace probablemente que tenga que vender los tejidos más baratos y comprar el tabaco más caro que de otro modo, y sus beneficios son por ello probablemente reducidos. Pero en el comercio entre Hamburgo y Londres él ciertamente recibe los rendimientos de su capital mucho más rápido que si comerciara directamente con América incluso aunque supusiésemos que los pagos de América son tan puntuales como los de Londres, lo que es mucho suponer. Por tanto, en el comercio al que esas reglamentaciones constriñen al comerciante de Hamburgo su capital puede mantener en constante empleo a una cantidad de actividad alemana mucho mayor que la que podría mantener en el comercio del que queda excluido. Así, aunque una inversión le resulte a él menos rentable que la otra, no puede ser menos ventajosa para su país. Lo contrario sucede con la inversión hacia la cual el monopolio naturalmente, si puedo expresarme así, atrae al capital del comerciante de Londres. Esa inversión puede quizás ser más rentable para él que la mayor parte de las otras inversiones, pero debido a la lentitud de sus rendimientos no podrá ser más ventajosa para su país.