Contra el fanatismo religioso

Contra el fanatismo religioso

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Únicos casos en los que la intolerancia es de derecho humano

Para que un Gobierno no tenga derecho a castigar los errores de los hombres es necesario que esos errores no sean crímenes; sólo son crímenes cuando perturban a la sociedad; perturban a esa sociedad cuando inspiran el fanatismo; es preciso, por tanto, que para merecer la tolerancia los hombres empiecen por no ser fanáticos.

Si algunos jóvenes jesuitas, sabiendo que la Iglesia abomina de los réprobos, que los jansenistas están condenados por una bula, que por tanto los jansenistas son réprobos, se van a quemar una casa de los Padres del Oratorio, porque Quesnel, el oratoriano, era jansenista, está claro que será obligado castigar a esos jesuitas.

Del mismo modo, si han propagado máximas culpables, si su institución es contraria a las leyes del reino, no hay más remedio que disolver su compañía y abolir a los jesuitas para hacer de ellos unos ciudadanos; lo cual, en el fondo, es un mal imaginario y un bien real para ellos, pues ¿dónde está lo malo de llevar un traje corto en lugar de una sotana, y de ser libre en lugar de ser esclavo? En tiempo de paz se reforma a regimientos enteros, que no se quejan; ¿por qué los jesuitas se quejan tan ruidosamente cuando se les reforma para tener paz?


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