El suicidio

El suicidio

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Según un texto de Quintiliano[327], habría existido en Roma, hasta época bastante tardía, una institución análoga a la que acabamos de describir en Grecia, destinada a atemperar los rigores de las disposiciones precedentes. El ciudadano que quería suicidarse debía someter sus razones al Senado, que decidía si eran aceptables y hasta determinaba el género de muerte. Lo que permite creer que una práctica de este género ha existido realmente en Roma es que, en cierto modo, sobrevivió en el ejército incluso en tiempos de los emperadores. El soldado que intentaba matarse para escapar al servicio, era castigado con la muerte, pero si podía demostrar que lo había hecho por fuerza mayor sólo se le expulsaba del ejército[328]. Si su acto se debía a los remordimientos que le causaba una falta militar, se anulaba su testamento y sus bienes pasaban al físico[329]. No cabe duda de que, en Roma, la consideración de los motivos que hubiesen inspirado al suicidio desempeñó en todo tiempo un papel preponderante en la apreciación moral o jurídica que de él se hiciera. De ahí el precepto: Et merito, si sine causa sibi manus intulit, puniendus est: qui enim sibi non pepercit, multo minus alii parcet[330]. La conciencia pública lo vituperaba como regla general, pero se reservaba el derecho de autorizarlo en ciertos casos. Tal principio se parece al que fundamenta la institución de la que habla Quintiliano, y era tan fundamental en la legislación romana sobre el suicidio que se mantuvo hasta bajo los emperadores. Sólo que, con el tiempo, la lista de las excusas legítimas se amplió. Al final, prácticamente sólo hubo una causa injusta: el deseo de escapar a las consecuencias de una condena criminal y, en ciertos momentos, la ley que la excluía de los beneficios de la tolerancia ni siquiera se aplicaba[331].


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