Crítica de la Razón Práctica
Crítica de la Razón Práctica <Ak. V, 48> Esta manera de acreditar la ley moral, quedando[A 83] erigida ella misma como un principio deductivo de la libertad en cuanto una causalidad propia de la razón, basta para hacer las veces de una justificación a priori al cumplimentar una exigencia impuesta por la razón teórica, toda vez que ésta se veía constreñida a conjeturar cuando menos la posibilidad de una libertad. Pues con ello la ley moral demuestra su realidad de un modo que resulta igualmente satisfactorio para la crítica de la razón especulativa, añadiendo a esa causalidad pensada tan sólo negativamente (y cuya posibilidad le resultaba inconcebible aun cuando se viese obligada a conjeturarla) una determinación positiva, cual es el concepto de una razón que determina inmediatamente a la voluntad (gracias a la condición de una forma universal para legalizar sus máximas), y es capaz de proporcionar por primera vez una realidad objetiva, si bien únicamente práctica, a esa razón que siempre se desbordaba cuando pretendía proceder especulativamente con sus ideas, al transformar su uso transcendente en uno inmanente (donde la propia razón sea gracias a las ideas una causa eficiente dentro del campo de la experiencia).