Crítica de la Razón Práctica

Crítica de la Razón Práctica

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A aquella libertad que ha de fundamentar todas las leyes morales y la imputación conforme a ellas no le interesa, ni poco ni mucho, si la causalidad determinada según una ley natural es necesaria merced a fundamentos de determinación que residen dentro del sujeto o fuera de él y, en el primer caso, si tales fundamentos se deben al instinto o son pensados con la razón; si estas representaciones determinantes, según confiesan los mismos a quienes nos referíamos hace un momento, tienen el fundamento de su existencia en el tiempo remitiendo a un estado anterior, éste a su vez remite a uno precedente y así sucesivamente, entonces por muy internas que sean tales determinaciones y posean una causalidad psicológica en vez de mecánica, I esto es, por mucho que den lugar a la ac[A 173]ción mediante representaciones y no por medio de una causalidad mecánica, siguen siendo siempre fundamentos para determinar la causalidad de un ser en tanto que su existencia sea determinable a lo largo del tiempo, con lo cual se hallan sometidas a condiciones del tiempo pasado que operan necesariamente y que, por lo tanto, cuando el sujeto debe obrar han dejado de hallarse bajo su poder, llevando consigo una «libertad psicológica» (si quiere utilizarse tal expresión para designar una mera concatenación interna de las representaciones del alma) a la par que necesidad natural, sin dejar por ello lugar alguno para una<Ak. V, 97>\ libertad, transcendental, la cual ha de ser pensada como independencia de todo lo empírico y de la naturaleza en general, ya sea considerada como objeto del sentido interno sólo en el tiempo, o también del sentido externo en el tiempo y el espacio a la vez. Y sin esta libertad (en este último sentido estricto), la única que es práctica a priori, no es posible ninguna ley moral ni una imputación conforme a ella.


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