Crítica de la Razón Práctica

Crítica de la Razón Práctica

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Si un sistema semejante, como el que se desarrolla aquí acerca de la razón pura práctica a partir de su crítica, ha costado mucho o poco trabajo, sobre todo a la hora de no errar en la elección del punto de vista desde el cual pueda delinearse correctamente el conjunto del mismo, es algo que debo dejar juzgar a los avezados en este tipo de tareas. Desde luego, I dicho[A 14] sistema presupone la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, pero sólo en cuanto ésta nos hace trabar un conocimiento provisional con el principio del deber y adelanta una fórmula del mismo, al tiempo que la justifica[106]; por lo demás se sostiene por sí solo. El que no se incluya la división de todas las ciencias prácticas en su totalidad, tal como hacía la crítica de la razón especulativa, encuentra un fundamento válido para ello en la naturaleza de esta capacidad práctica de la razón. Pues la determinación específica[A 15] de los deberes, en cuanto deberes I humanos y con miras a su posterior división, sólo es posible si se ha llegado a conocer previamente al sujeto de tal determinación (el ser humano[107]) según la estructura que le configura realmente, aun cuando nos ciñamos a lo que resulte preciso con respecto al deber en general; mas esa determinación no es propia de una crítica genérica de la razón práctica, la cual debe limitarse a proporcionar cabalmente los principios de su posibilidad, su contorno y sus lindes, sin aludir específicamente a la naturaleza humana. Por lo tanto, la división compete aquí al sistema de la ciencia y no al de la crítica.


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