Crítica de la Razón Práctica

Crítica de la Razón Práctica

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Ahora decidle a cualquiera que nunca debe ser mendaz al hacer una promesa; he ahí una regla que sólo le concierne a su voluntad, al margen de que los propósitos albergados por ese ser humano puedan o no ser alcanzados mediante dicha regla; el simple querer es lo que debe quedar determinado completamente a priori por esa regla. Si se descubre que semejante regla es prácticamente correcta, entonces constituye una ley, dado que supone un imperativo categórico. Por lo tanto, las leyes prácticas únicamente se refieren a la voluntad, obviando lo que sea ejecutado por mor de su causalidad y cupiendo hacer abstracción de dicha causalidad (como perteneciente al mundo de los sentidos) para obtener puras tales leyes prácticas.

§2 Teorema I

Todos los principios prácticos que presuponen un objeto (materia) de la capacidad desiderativa como fundamento para determinar la voluntad son en suma empíricos e incapaces de proporcionar ley práctica alguna.

Entiendo por materia de la capacidad desiderativa un objeto cuya realidad es apetecida. Cuando el deseo de tal objeto I precede a la regla práctica y supone[A 39] la condición para convertirla en principio, mantengo lo siguiente:


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