Fundamentación de la metafísica de las costumbres

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Tales fines no pueden ser meros productos de nuestras acciones, porque —como hemos venido diciendo— ningún simple producto de nuestro obrar puede tener un valor absoluto e incondicionado. Deben ser fines ya existentes; y su mera existencia impondría sobre nosotros el deber de perseguirlos (en la medida en que nos fuera posible). Esto quiere decir que tales fines serían el fundamento de un imperativo categórico, al igual que los fines solamente subjetivos son el fundamento de los imperativos hipotéticos. Estos fines pueden ser descritos como fines en sí mismos —no meramente como fines relativos a agentes racionales particulares.

Únicamente los agentes racionales o personas pueden ser fines en sí mismos. Puesto que son sólo ellos los portadores de un valor incondicionado y absoluto, no pueden ser usados sin más como medios para un fin cuyo valor es sólo relativo. Sin la existencia de tales fines en sí mismos, no existiría ningún bien incondicionado, ningún principio supremo de acción, y por tanto —para los seres humanos— ningún imperativo categórico. De este modo, al igual que nuestra primera fórmula, la Fórmula del Fin en Sí mismo se sigue de la esencia misma del imperativo categórico —dando por sentado que recordamos que toda acción ha de tener un fin al igual que un principio—.


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