Rebelión en la granja

Al principio, cuando se formularon las leyes de «Granja Animal», se fijaron las siguientes edades para jubilarse; caballos y cerdos a los doce años, vacas a los catorce, perros a los nueve, ovejas a los siete y las gallinas y los gansos a los cinco. Se establecieron pensiones generosas para la vejez. Hasta entonces ningún animal se había retirado, pero últimamente la discusión del asunto fue en aumento. Ahora que el campito de detrás de la huerta se había destinado para la cebada, circulaba el rumor de que alambrarían un rincón de la pradera larga, convirtiéndolo en campo donde pastarían los animales jubilados. Para caballos, se decía, la pensión sería de cinco libras de maíz por día y en invierno quince libras de heno, con una zanahoria o posiblemente una manzana los días de fiesta. Boxer iba a cumplir los doce años a fines del verano del año siguiente.








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