El Contrato Social
El Contrato Social Estas relaciones son evidentes y pueden ser ratificadas por otras consideraciones. Se observa, por ejemplo, que cada magistrado es más activo en su cuerpo que lo que es cada ciudadano en el suyo y que, por consiguiente, la voluntad particular tiene mucha más influencia en los actos del gobierno que en los del soberano; porque cada magistrado suele estar casi siempre ocupado en alguna función de gobierno mientras que cada ciudadano aislado no realiza ninguna función de soberanÃa. Además, cuanto más se extiende el Estado, más aumenta su fuerza real, aunque no aumente en razón de su extensión: pero, siendo igual el Estado, es inútil que los magistrados se multipliquen, pues el Gobierno no adquiere por ello más fuerza real, puesto que esa fuerza es la del Estado, cuya medida es siempre igual. AsÃ, la fuerza relativa o la actividad del gobierno disminuye sin que su fuerza absoluta o real pueda aumentar.
Es seguro también que la resolución de los asuntos se vuelve más lenta a medida que se encarga de ellos mayor número de personas, y que, haciendo demasiadas concesiones a la prudencia, se hacen pocas a la suerte, de manera que se deja escapar la ocasión y que, a fuerza de deliberar, se pierde con frecuencia el fruto de la deliberación.