La riqueza de las naciones
La riqueza de las naciones La ley que protege a los arrendamientos más prolonga dos contra sucesores de cualquier tipo es, que yo sepa, privativa de Gran Bretaña. Fue establecida en Escocia ya en 1449, por ley de Jacobo II. Sin embargo, su benéfica influencia ha sido obstruida por las vinculaciones, porque los que heredaban propiedades vinculadas no podían arrendadas por plazos muy largos, y frecuentemente no podían hacerlo por más de un año. Una ley posterior del Parlamento moderó algo los obstáculos, pero todavía siguen siendo demasiado estrictos. Además, como ningún arrendamiento en Escocia otorga derecho a votar por un miembro del Parlamento, los señores respetan a los campesinos menos que en Inglaterra.