Fenomenología del Espíritu
Fenomenología del Espíritu Así es que la ley está presente de una doble guisa: por un lado, como ley en la que están expresadas las diferencias como momentos autónomos; por otro, en la forma del simple haber regresado dentro de sí, forma que, a su vez, puede denominarse fuerza, pero de tal manera que no es la fuerza hecha retroceder, sino la fuerza en general o en tanto que concepto de fuerza, una abstracción que absorbe dentro de sí incluso la diferencia de lo que atrae y lo que es atraído. Así, por ejemplo, la electricidad simple es la fuerza; pero la expresión de la diferencia cae en la ley; esta diferencia es electricidad positiva y negativa. En el movimiento de caída, la fuerza es lo simple, la gravedad, la cual tiene la ley de que las magnitudes de los diferentes momentos del movimiento, del tiempo transcurrido y del espacio recorrido, se relacionan mutuamente como el cuadrado y la raíz. La electricidad misma no es la diferencia en sí, o no es, en su esencia, la esencia doble de electricidad positiva y negativa; por eso se suele decir que tiene la ley de ser de esta manera, y también, que seguramente tiene la propiedad de manifestarse así exteriormente. Esta propiedad es, ciertamente, una propiedad esencial y única de esta fuerza, o bien, dicho en otros términos, le es necesaria. Pero necesidad es aquí una palabra vacía; la fuerza tiene justamente que desdoblarse así porque tiene que hacerlo. Desde luego, cuando hay puesta electricidad positiva, también es necesaria en sí la negativa; pues lo positivo sólo lo es en referencia a algo negativo, o lo positivo es en ello mismo la diferencia de sí mismo, como también lo es lo negativo. Pero que la electricidad como tal se divida de esta manera no es en sí lo necesario; en cuanto fuerza simple, ella es indiferente a su ley de ser positiva y negativa; y si a la ley la denominamos su concepto, y a esto, en cambio, su ser, su concepto es indiferente a su ser; ella tan solo tiene esta propiedad; es decir, justamente, tal ser no le es necesario en sí.—Esta indiferencia adquiere otra figura cuando se dice que pertenece a la definición de electricidad el ser como positiva y negativa, o que esto es, ni más ni menos, su concepto y esencia. Según esto, su ser significaría su existencia en general; pero en esa definición no se halla la necesidad de su existencia; una de dos: o bien ella es porque se la encuentra —es decir, no es necesaria para nada—; o su existencia es en virtud de otras fuerzas, es decir, su necesidad es una necesidad externa. Pero para que la necesidad sea depositada en la determinidad del ser en virtud de otro, nosotros recaemos de nuevo en la pluralidad de las leyes determinadas, que acabábamos de abandonar a fin de considerar la ley como ley; sólo con ésta puede compararse su concepto en cuanto concepto, o su necesidad, la cual, sin embargo, en todas estas formas, se mostraba ya sólo como una palabra vacía.