Crítica de la Razón Práctica

Crítica de la Razón Práctica

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I En torno a la deducción de los principios de la razón pura práctica

<Ak. V, 42>[A 72] Esta Analítica evidencia que la razón pura puede ser práctica, por cuanto es capaz de determinar por sí misma a la voluntad independientemente de cualquier elemento empírico (y esto se demuestra mediante un factum en el que la razón pura se revela realmente práctica para nosotros, cual es que nuestra voluntad se vea efectivamente determinada por esa autonomía en el principio de la moralidad). Al mismo tiempo muestra que ese factum se halla inseparablemente entrelazado con la consciencia de la libertad de la voluntad, hasta el extremo de identificarse con ella, con lo cual la voluntad de un ente racional que, como perteneciente al mundo de los sentidos, se reconoce sometido necesariamente a las leyes de la causalidad como cualquier otra causa eficiente, por otro lado en el terreno de la praxis cobra consciencia de que simultáneamente, como ser en sí mismo, su existencia es determinable en un orden inteligible de las cosas y esa consciencia no se debe a una peculiar autointuición, sino a ciertas leyes dinámicas que pueden determinar su causalidad en el mundo de los sentidos; habida cuenta de que, como ha quedado suficientemente demostrado en otro lugar[124], si se nos atribuye libertad, ésta nos transfiere a un orden de cosas inteligible. I Si comparamos con esto la parte analítica de la crí[A 73]tica de la razón pura especulativa, se pone de relieve un curioso contraste entre ambas. Allí el primer dato que hacía posible un conocimiento a priori restringido a los objetos de los sentidos venía dado por una pura intuición sensible (espacio y tiempo) y no por principio alguno. Eran imposibles los principios sintéticos a partir de simples conceptos sin intuición y dichos conceptos sólo podían tener lugar en relación con una intuición sensible sobre objetos que cayeran bajo una experiencia posible, porque los conceptos del entendimiento ligados con tal intuición constituían ese único conocimiento posible que llamamos «experiencia». A la razón especulativa le fue negado con toda justicia cualquier conocimiento positivo allende los objetos de experiencia y, por lo tanto, le fue negado conocer las cosas en cuanto noúmenos. No obstante, la razón especulativa sí se permitió salvaguardar la posibilidad e incluso la necesidad de pensar el concepto de los noúmenos, sorteando cualquier reparo para asumir, por ejemplo, que la libertad considerada desde un punto de vista negativo es algo enteramente compatible con aquellos principios y restricciones de la razón pura teórica, sin proporcionar \ pese a todo ninguna determina<Ak. V, 43>ción o amplificación cosgnoscitiva de tales objetos, al excluir más bien cualquier perspectiva de los mismos. I


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