Crítica de la Razón Práctica
Crítica de la Razón Práctica La exposición del principio supremo de la razón práctica ya ha tenido lugar, al mostrarse primero lo que entraña subsistiendo por sí mismo enteramente a priori e independientemente de los principios empíricos, y comprobarse luego en qué se diferencia de todos los otros principios prácticos. Respecto a la deducción (o sea, la justificación de su validez objetiva y universal, unida al examen de la posibilidad de semejante proposición sintética a priori) no cabe esperar que su decurso sea tan bueno como el desarrollado con los principios del entendimiento teórico puro. Pues éstos se referían a los objetos de una experiencia posible, es decir, a los fenómenos, y cabía demostrar que al criterio de sólo subsumiéndolos bajo las categorías conforme a esas leyes podían esos fenómenos ser conocidos como objetos de la experiencia, con lo que, por consiguiente, toda experiencia posible había de adecuarse a tales leyes. Sin embargo, no puedo adoptar un decurso semejante con respecto a la deducción de la ley moral. Pues dicho decurso no atañe al conocimiento de la índole de los objetos (lo cual le puede ser dado a la razón por otra vía mediante cualquier otro medio), sino a un conocimiento en tanto que éste puede tornarse fundamento de la existencia[A 81] de los objetos mismos y merced al cual la I razón posee esa misma causalidad en un ente racional, es decir, atañe a la razón pura, que puede ser considerada como una capacidad para determinar a la voluntad sin mediación alguna.