CrÃtica de la Razón Práctica
CrÃtica de la Razón Práctica Si el concepto del bien no debe verse derivado de una ley práctica que le preceda, sino que más bien debe servirle de fundamento a dicha ley, entonces[A 102] sólo I puede tratarse del concepto de algo cuya existencia promete placer y determina la causalidad del sujeto para producirlo, determinando asà la facultad de desear. Ahora bien, como es imposible apercibirse a priori de qué representación se verá acompañada por el placer y cuál en cambio por el displacer, entonces le incumbirÃa exclusivamente a la experiencia estipular lo que fuera inmediatamente bueno o malo. La única propiedad del sujeto en relación con la cual puede hacerse dicha experiencia es el sentimiento de placer y displacer, en cuanto receptividad propia del sentido interno, y asà el concepto de lo que sea inmediatamente bueno sólo resultarÃa atribuible a cuanto se halle directamente vinculado con la sensación del deleite, mientras que el concepto de lo malo por antonomasia tan sólo habrÃa de referirse a cuanto provoque dolor sin más.