Critica de la Filosofia del Estado de Hegel

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La sustancia tiene que «dirimirse en las diferencias conceptuales <…> de las que esa sustancialidad hace otras tantas firmes concreciones reales». Esta frase pertenece en esencia a la <«>Lógica<»> y se halla lista antes de la <«>Filosofía del Derecho<»>. Lo que pertenece a ésta, a la empiría política, es el paréntesis que presenta estas «diferencias conceptuales» como diferencias «de la actividad del Estado» y las «firmes concreciones» como «Poderes» del Estado. Toda la «Filosofía del Derecho» no es más que un paréntesis de la «Lógica». Está claro que el paréntesis no pasa de un hors d’oeuvre del auténtico desarrollo. Cfr., por ejemplo, pág. 347 [§ 270, Apéndice] <sobre la separación de la Iglesia y el Estado como origen del Estado moderno y condición del progreso histórico>:

«La necesidad consiste en que, hallándose el todo distribuido en las diferencias del concepto, resulte de esta distribución una calidad firme y estable, que, en vez de fosilizarse, se reproduzca constantemente en su propia disolución.»

Cfr. también la <«Ciencia de la> Lógica <», Libro 3.º, Secc. 1.ª, Cap. 3. C (comienzo)>.


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