El Periquillo Sarniento. Tomo I
El Periquillo Sarniento. Tomo I “Mas para que usted acabe de conocer hasta dónde llega su ignorancia y la de todos sus compañeros que extienden instrumentos y ponen en ellos latinajos, leyes y renuncias de éstas, sin entender lo que hablan, sino porque así lo han visto en los protocolos de donde sacaron su formulario, atienda: Dice usted que vendió la casa en cuatro mil pesos, que el comprador recibió a su satisfacción, y a poco dice que renuncia la ley de la non numerata pecunia. Si usted supiera que esta ley habla del dinero no contado, y no del contado y recibido, no incurriría en tal error. Últimamente, el poner por testigos instrumentales los nombres que usted quiere, al hacer el instrumento usted solo, como ha dicho, y el no explicarle a las partes la cláusula de él y las leyes que renuncian, puede anular la escritura y cuanto haga con esta torpeza; porque es obligación precisa de los escribanos el imponer a las partes perfectamente en éstas que usted llama antiguallas; pero como regularmente los escribanos[67] poco menos ignoran el contenido de las leyes renunciadas que las mismas partes, ¿cómo deberemos persuadirnos que cercioraron aquello que creemos ignoran?
¿Llamaremos acaso a juicio al escribano para que, examinando del contenido de dichas leyes, si rectamente responde, creamos que cercioró bien a las partes, y si no da razón de su persona hagamos el contrario concepto? Mejor sería.