CrÃtica de la Razón Práctica
CrÃtica de la Razón Práctica [A 275] Ignoro por qué los educadores de la juventud no han hecho uso, desde hace ya largo tiempo, de esta afición mostrada por la razón a inmiscuirse con gusto incluso en el más sutil examen al ser planteadas cuestiones prácticas y, tras haber asentado las bases de un catecismo simplemente moral, no han rebuscado en las biografÃas antiguas y modernas con el propósito de tener a mano ejemplos para los deberes presentados, con los cuales, principalmente gracias a la comparación de acciones similares en circunstancias distintas, activarÃan el discernimiento de sus pupilos para percibir un mayor o menor contenido moral en dichas acciones; con tal ejercicio comprobarÃan que hasta la más temprana juventud, todavÃa inmadura para cualquier especulación, se revela pronto muy perspicaz en esta materia y, al experimentar el progreso de su capacidad judicativa, se hallarán no poco interesados en ello, pudiendo esperar —y esto es lo más importante— que el frecuente ejercicio de conocer la buena conducta en toda su pureza y aplaudirla, observando en cambio con pesar y desdén incluso la más pequeña desviación de ella, aun cuando hasta ese momento sólo sea impulsado como un juego de la capacidad judicativa donde los niños rivalizan entre sÃ, dejará una perdurable impronta de estima y aversión que, merced a la simple costumbre de considerar tales acciones I como dignas de aprobación o desapro[A 276]bación, \ constituirá una buena base para la integri<Ak. V, 155>dad de una vida moral en el futuro. Sólo deseo que no se les moleste con los ejemplos de las llamadas acciones nobles (suprameritorias), con los que tanto alardean nuestros escritos sentimentales, asignándose todo simplemente al deber, asà como al valor que un ser humano puede y debe darse a sà mismo mediante la consciencia de no haber transgredido ese deber. Porque cuanto acaba en vanos deseos y ansias de una perfección inasequible no produce sino héroes de novela que, mientras se envanecen en demasÃa por su sentimiento para con lo excesivamente grande, se absuelven de observar las obligaciones más comunes y corrientes, que se le antojan insignificantemente menudas[155]. I