Critica de la Filosofia del Estado de Hegel

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§ 284. <El monarca no es responsable como gobernantes.> «Sólo el lado objetivo de la decisión, constituido por el conocimiento del contenido y de las circunstancias, así como por las razones determinantes de carácter legal y de otra índole, es susceptible de responsabilidad, es decir, de demostración objetiva; de ahí que pueda corresponder a una deliberación distinta de la voluntad personal del monarca como tal. En este sentido sólo las instancias consultivas —institucionales o individuales— se hallan sujetas a RESPONSABILIDAD. En cambio la majestad peculiar del monarca, como subjetividad decisoria y decisiva, se halla por encima de toda responsabilidad sobre los actos de gobierno.»

Hegel no hace aquí más que describir con completo empirismo el poder gubernativo tal y como se halla constituido en la mayoría de los Estados constitucionales. Lo único que aporta la filosofía es la conversión de este «hecho empírico» en la existencia y predicado del «factor de la particularidad en la Corona».

(Los ministros representan el lado objetivo y racional de la voluntad soberana. Por tanto, a ellos les corresponde también la honra de la responsabilidad, mientras que al monarca se le deja sólo la peculiar fantasía de «majestad».) El factor especulativo resulta por tanto muy pobre, basándose el desarrollo en el detalle sobre razones tan totalmente empíricas como abstractas y malas.


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